Actualización de correos electrónicos
Estimados clientes,
amigos y colegas:
Con la entrada en
vigencia de la Ley 1943 de 2018, las reglas sobre notificaciones de la DIAN y
la UGPP cambiaron.
A partir del 1 de
julio de 2019, la DIAN y la UGPP notificarán a los contribuyentes al correo
electrónico registrado en el RUT.
La notificación
quedará efectuada el día en que se envió el acto administrativo.
El término para
responder o impugnar los actos administrativos, comenzará a correr pasados 5
días desde el recibo del correo electrónico.
Por otro lado,
durante el 2019 aumentarán los obligados a facturar electrónicamente, y las
facturas serán enviadas vía correo electrónico.
Con el finde tener un
mayor control de los correos suministrados a las diferentes entidades, las
siguientes son nuestras recomendaciones:
DIAN/UGPP
Personas naturales
1.
Actualizar
y revisar constantemente el correo electrónico registrado en el RUT y los
correos registrados en las Cámaras de Comercio.
2.
Verificar
que los correos enviados por estas entidades no se encuentren en la bandeja de
correo no deseado.
Personas jurídicas
3.
Crear
cuentas de correo electrónico especial para notificaciones, por ejemplo:
notificaciones@***.
4. Actualizar
los correos electrónicos registrados en el RUT, el correo comercial y el de
notificación judicial registrados en las Cámaras de Comercio.
5.
Permitir
el acceso al correo electrónico de notificación a varios miembros de la
organización.
6.
Dejar
constancia del envío, recepción y acceso de todos los correos electrónicos.
Impuestos territoriales
7.
Verificar
para el caso de los impuestos territoriales si les está llegando la información
al correo electrónico registrado. Por ejemplo, información sobre el impuesto predial
o de vehículos.
Facturación electrónica
Personas naturales
8.
Revisar
constantemente el correo donde se reciben las facturas electrónicas.
Personas jurídicas
9. Crear
un correo electrónico especial para la recepción y envío de la facturación
electrónica, diferente al de notificación. Por ejemplo, facturación@***.
10.
Verificar
que el correo sea revisado con regularidad por algún funcionario,
preferiblemente del área de contabilidad, siguiendo un procedimiento interno
establecido.
11. Permitir
el acceso al correo electrónico de notificación a varios miembros de la
organización para evitar que las facturas electrónicas se entiendan aceptadas
tácitamente.
Esperamos que esta
información haya sido de gran utilidad.
Cualquier inquietud
pueden contactarnos al teléfono 3764200 en Bogotá D.C, o a los correos
electrónicos:
luis.diazdelcastillo@pralaws.com