Nuevas medidas sanitarias para evitar la propagación y contagio del COVID-19
Mediante el Decreto 081 de 2020 del 11 de
marzo de 2020, la Alcaldía Mayor de Bogotá decretó una serie de medidas
sanitarias para controlar los efectos del COVID-19, y evitar su propagación y
contagio.
Esta decisión se encuentra alineada a las
medidas adoptadas por el Gobierno Nacional y la Organización Mundial de la
Salud (OMS) para controlar los efectos del virus. Dentro de las medidas
decretadas se encuentran las siguientes:
Medidas de autocuidado personal:
Medidas de autocuidado colectivo:
Estas medidas de las empresas se pueden adoptar mediante políticas.
Adicionalmente, el Ministerio de Salud y el Gobierno Colombiano decretaron medidas de aislamiento preventivo para las personas provenientes de China, España, Francia e Italia, con el objetivo de proteger la salud colectiva.
Por esto, las personas que lleguen a Colombia
a partir del 10 de marzo de 2020 desde los países indicados deberán
cumplir las siguientes medidas:
Aislamiento preventivo en sus domicilios u hospedajes transitorios durante 14 días. El hospedaje debe ser pagado por cuenta del viajero, sino se tiene los recursos económicos se debe anular el viaje a Colombia.
Estas determinaciones no aplican para la tripulación aérea.
Las personas provenientes de estos países que hayan arribado a Colombia dentro de los 14 días anteriores al 10 de marzo de 2020 serán monitoreados por la autoridad territorial y deben realizar un autoaislamiento preventivo.
La inobservancia de estas disposiciones da lugar a sanciones penales, por el delito de violación de medidas sanitarias, y pecuniarias. En el caso de los extranjeros que no cumplan la medida, podrán ser deportados del país.
Estas medidas tendrán vigencia hasta el 30 de
mayo de 2020, sin embargo pueden ser levantadas con anterioridad si desaparecen
las causas que le dieron origen, o prorrogadas, en caso de que persistan.