Retiro de cesantías para trabajadores disminucion ingreso mensual
Con el objetivo de aminorar los efectos negativos que el COVID-19 tendrá en la vida personal y familiar de los trabajadores, el Gobierno nacional mediante el Decreto 488 de 2020 estableció un mecanismo para que los trabajadores puedan disponer de una porción de su ahorro de cesantías.
Esta opción aplica solo para aquellos trabajadores que hayan sufrido una disminución de su ingreso mensual y podrán retirar cada mes de su cuenta el monto que le permita compensar dicha reducción.
Los requisitos para que los trabajadores puedan retirar parcialmente sus cesantías son los siguientes:
Los requisitos que debe tener la certificación laboral expedida por el empleador con el fin de poder solicitar el retiro de cesantías son:
Esta certificación puede ser remitida por el trabajador a través de mensajes de datos o en general cualquier medio electrónico o digital.
La solicitud, aprobación y pago de las cesantías se realizará por los canales virtuales que dispongan las AFPC.
Las AFPC publicarán en su página web los canales digitales y/o remotos disponibles para el trámite de los retiros parciales de cesantías y establecerán el mecanismo correspondiente para los trabajadores que no cuenten con internet.
El pago del retiro parcial de cesantías se hará de forma mensual por el monto que solicite el trabajador sin que exceda el valor de la disminución del ingreso mensual.
El pago
por retiro parcial de cesantías en todo caso estará limitado al saldo
disponible en la cuenta de ahorro de cesantías.