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Angélica Pico Carrillo - Especialista en Derecho Laboral y Migratorio
Angélica Pico Carrillo, abogada especialista en Derecho Laboral, Seguridad Social y Migratorio.

Nuevas reglas del fuero de salud

Con el cambio jurisprudencial en torno al fuero de salud, surgen interrogantes sobre quiénes están protegidos, cómo opera esta protección y cómo manejar estos casos.

¿Qué es el fuero de salud?

Protección especial para las personas en situación de discapacidad, que impide su despido sin autorización previa del Ministerio de Trabajo.

¿Cuál es la legislación aplicable al fuero de salud?

Artículo 26 de la Ley 361 de 1997 pero su desarrollo ha sido jurisprudencial.

¿Cuáles son los requisitos del fuero de salud?

Corte Constitucional Sala Laboral Corte Suprema de Justicia

  • El trabajador debe tener una condición de salud que le impida o dificulte su normal y adecuado desempeño.
  • El empleador debe conocer esta condición antes del despido.

 

  • La desvinculación no debe tener una justificación objetiva, de modo que se evidencie un acto de discriminación. (SU-213 de 2024)
  • El trabajador debe tener una deficiencia física, mental, intelectual o sensorial de mediano o largo plazo.
  • El empleador debe conocer esta situación al momento del despido, o ser evidente en el caso concreto.
  • La deficiencia debe generarle barreras que afecten su desempeño en igualdad de condiciones que los demás. (SL1152 de 2023).

Sala Laboral Corte Suprema de Justicia

  • El trabajador debe tener una deficiencia física, mental, intelectual o sensorial de mediano o largo plazo.
  • El empleador debe conocer esta situación al momento del despido, o ser evidente en el caso concreto.
  • La deficiencia debe generarle barreras que afecten su desempeño en igualdad de condiciones que los demás. (SL1152 de 2023).

¿Qué diferencia persiste entre la Corte Constitucional y la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia?

Para la Sala Laboral, el fuero aplica solo a deficiencias de mediano o largo plazo. Para la Corte Constitucional, protege cualquier condición de salud que afecte el desempeño laboral, sin requerir que dicha afectación sea permanente o duradera.

¿Cuáles son las barreras que a juicio de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia pueden generar el fuero de salud?

Las barreras son obstáculos que dificultan el ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad. Estas pueden ser:

  • Actitudinales: prejuicios, estigmas y comportamientos que limitan su participación en la sociedad en igualdad de condiciones.
  • Comunicativas: dificultades para acceder a la información y participar en procesos comunicativos.
  • Físicas: impedimentos en el acceso y uso de espacios, objetos y servicios públicos o privados.

¿Qué se debe analizar para establecer si un trabajador está amparado por el fuero?

(i) La presencia de una deficiencia física, mental, intelectual o sensorial, o una limitación de mediano o largo plazo.

(ii) El análisis del cargo, incluyendo sus funciones, requisitos, exigencias y el entorno laboral específico, tanto físico como actitudinal.

(iii) Cómo interactúan la deficiencia o limitación con las condiciones del entorno laboral.

Si se concluye que la discapacidad de mediano o largo plazo afecta significativamente el desempeño en condiciones de igualdad, se considera que el trabajador está amparado por el fuero de estabilidad laboral.

¿Qué puede ser útil al momento de establecer si la deficiencia genera barreras o afecta sustancialmente el desempeño de funciones?

Revisar si el trabajador encuentra en tratamiento médico, incapacidades o tiene restricciones medico laborales.

¿Qué pasa si una persona con fuero de salud es despedida sin autorización del Ministerio del Trabajo?

El despido es ineficaz, procede el reintegro, el pago de salarios y acreencias dejados de percibir, y una indemnización de 180 días de salario.

Autor:

Angélica Pico Carrillo

Publicado: viernes 6 de junio de 2025 / Asuntos legales / La República 

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María Camila Senejoa Quevedo - Abogada en Derecho Laboral y Migratorio

María Camila Senejoa Quevedo

Contacto: maria.senejoa@pralaws.com

Abogada con profundización en derechos humanos y especialista en Derecho Laboral, con 3 años de experiencia profesional asesorando a clientes nacionales y extranjeros en asuntos de Derecho Laboral, Seguridad Social y asuntos migratorios.

Ver perfil profesional aquí

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