La DIAN publicó un proyecto de resolución que busca adoptar el sistema de nómina electrónica derivado del sistema facturación electrónica.
El sistema tiene como objetivo soportar los gastos, deducciones y descuentos sobre pagos derivados de relaciones laborales o de pensiones.
Deben implementar este sistema los contribuyentes que realicen pagos o abonos en cuenta derivados de una vinculación laboral o legal y reglamentaria; y por pagos a pensionados.
Ese soporte debe generarse en forma mensual y transmitirse dentro de los 10 días siguientes al mes en el cual debió generarse la información.
El proyecto señala los requisitos mínimos y el procedimiento para habilitar, generar y transmitir a la DIAN el soporte.
También señala el calendario de implementación, del cual se destacan las siguientes fechas:
Habilitación
Todos los obligados deben iniciar la habilitación en el sistema de nómina electrónica a más tardar el 31 de marzo de 2021.
Generación y transmisión
Dependiendo del número de empleados, los obligados deben iniciar la generación y transmisión a más tardar en las siguientes fechas:
Empleados | Fecha máxima generación y transmisión |
Más de 251 | 30 de abril de 2021 |
Entre 11 y 250 | 31 de mayo de 2021 |
Entre 4 y 10 | 30 de junio de 2021 |
Hasta 3 | 31 de julio de 2021 |
Las entidades del Estado deben iniciar la generación y transmisión a más tardar el 30 de junio de 2021.